Dios me llamó al ministerio a la edad de 17 años (¿recuerdan a Jeremías?), y al siguiente año fui asignado a mi primer pastorado.
¿Hubiera pensado usted en el retiro a esa edad? Quizás no. Sin embargo, en mi caso, las leyes de mi país de todos modos lo hicieron por mí.
No sé cómo funcionan las leyes sobre el retiro en el país de mi dilecto lector. En el mío, el que devenga ingresos de su trabajo (salario, ho- norarios, regalías, etc.), debe aportar a un plan universal de pensión para la edad del retiro. El pago regular de cuota al plan es obligatorio, tanto de parte del empleado como del empleador.
Esta obligatoriedad aplica también a las iglesias de mi país. Así que, una pregunta inicial que el ministro del evangelio debe hacerse es ésta:
¿Estoy familiarizado con las leyes que regulan los planes de retiro en mi país, si alguno?
También habría que conocer las guías de la denominación de uno acerca del plan de retiro y de pensiones. O de la congregación local, si uno es un obrero u obrera independiente.
Si ni el país, ni la denominación u organización religiosa tienen un plan de retiro, es obvio que el obrero tendría que pensar en tener su propio plan.
De una manera u otra, lo que queremos destacar aquí es la necesidad de que el ministro se prepare de antemano para el sustento suyo y de sus dependientes cuando llegue el momento del retiro.
Este consejo bíblico es un extracto del primer artículo de la serie titulada "Listo para retirarse del ministerio" de la sección CUIDADO PASTORAL, escrito por el pastor Juan R. Vázqaues Pla, de Puerto Rico. Lea el artículo completo en las páginas 14 y 15 de la edición de abril 2022, nro. 194: